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El propietario del coche que se ha librado de la multa asegura que su vehículo no alcanza esa velocidad.
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El tramo en el que fue «fotografiado» estaba limitado a 100 km/h.
Librarse de multa. A finales de julio de 2017, un radar de la A-1 «cazó» un vehículo a 242 km/h en una zona con la velocidad limitada a 100 km/h, informa Europa Press. La sanción se tramitó y fue enviada por la DGT al titular, pero éste negó ser el conductor del coche. Y alegó más cosas…

Por ejemplo, que el automóvil está a nombre de un matrimonio y ninguno de los dos recuerda quién estaba al volante el día y hora recogido en la multa (el tomador del seguro es el marido, pero la pareja afirma que ambos conducen con la misma frecuencia). Precisamente, se trata de una de las jornadas clave en la Operación Retorno de vacaciones, por lo que era imposible que el tráfico permitiera tal ritmo… velocidad que no puede alcanzar, por otra parte, su vehículo, según aduce. No se le ha olvidado decir que tanto él como su mujer respetan siempre las normas de circulación.
Pues bien, aunque hay justificaciones para elegir, el juzgado de Alcobendas que tramita la sanción sólo ha admitido la primera. La foto tomada por el cinemómetro es la única prueba de la infracción, pues ningún agente detuvo el coche para notificar a su conductor la denuncia, por lo tanto… es imposible, efectivamente, saber quién conducía.

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