Conducir descalzo
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El artículo 17 del Reglamento General de Circulación establece que los conductores están obligados a controlar completamente su vehículo. Se considera que el hecho de ir descalzo no entra dentro de estos supuestos de control del vehículo, así que si vienes de la playa o la piscina, nunca vayas conduciendo sin calzado.
Tampoco lo hagas con chanclas o con tacones porque la sanción puede ser de 200 euros. La justificación sería igual que en el caso de conducir descalzo. Cuando nos ponemos al volante, para manejar los pedales del vehículo debemos llevar un calzado que, ante todo, no interfiera en el control del vehículo. En el caso de las chanclas o las sandalias, al no proporcionar una completa sujeción al pie, puede llegar a desplazarse e impedir el pleno control de los pedales.
En el caso de los tacones el principal problema que presentan es su elevación del talón, punto de apoyo para llegar a controlar los pedales. El hecho de tener el talón del pie más alto disminuye la precisión de la pisada.
Ante todo hay que tener en cuenta cuando nos pongamos un calzado para conducir que debemos tener completo control de los pedales, por lo que se recomienda usar un calzado que se adapte a los movimientos de nuestros pies y nos permita controlar con precisión los pedales de nuestro vehículo.
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